Micelio
Auto10 de marzo de 2023

A- de 2023

Ponente Alejandro Linares Cantillo

Demandante I.D.R.C.

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Solicitud De Aclaracion Auto De La Corte Constitucional
  • Se niega solicitud por no contener una suficiente carga argumentativa que demuestre la existencia de “verdaderas dudas o ambigüedades” en el Auto
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Solicitud de aclaración del Auto 1928/22.

El Instituto Distrital de Recreación y Deporte le solicitó a la Corte aclarar la providencia de la referencia, puntualmente, en lo que respecta al literal (ii) del numeral sexto de la parte resolutiva.

Con el precitado auto se resolvió las solicitudes de apertura de incidente de desacato y de trámite de cumplimiento de la Sentencia T-296/13, presentada por la Corporación Taurina de Bogotá.

En el acápite que se pide aclarar en esta oportunidad, se ordenó a la entidad adoptar las actuaciones correspondientes para cumplir con el remedio constitucional requerido.

Por no cumplir con el requisito de carga argumentativa, se RECHAZA la petición impetrada.

La Sala Plena consideró que no existe una razón objetiva de duda que le impida al IDRC el entendimiento de lo dispuesto en la parte resolutiva ni tampoco que influya en el cumplimiento de lo decidido en el citado proveído.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (10 puntos)
  1. Primero. RECHAZAR la solicitud de aclaración del Auto 1928 de 2022, presentada por el Instituto Distrital de Recreación y Deporte.
  2. Segundo. Por intermedio de la Secretaría General de esta corporación, COMUNICAR el contenido de esta decisión al solicitante y ADVERTIR que contra ella no procede recurso alguno.
  3. Comuníquese y cúmplase.
  4. ALEJANDRO LINARES CANTILLO
  5. Magistrado
  6. ANTONIO JOSÉ LIZARAZO OCAMPO
  7. Magistrado
  8. PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA
  9. Magistrada
  10. MARTHA VICTORIA SÁCHICA MÉNDEZ
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela
Cita a0
No cita providencias registradas.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.